Los carteles lumínicos de publicidad animada instalados en Escobar constituyen un factor de riesgo para la seguridad vehicular, además de alterar el paisaje urbano. Permisividad de las autoridades.

Por CIRO D. YACUZZI
cyacuzzi@dia32.com.ar

Para unos, un rasgo más de modernidad y progreso, un aporte a la jerarquización de la ciudad o una mera novedad. Para otros, pura contaminación visual, un elemento invasivo que además de atrofiar el paisaje urbano atenta contra la seguridad vial. Las opiniones sobre las pantallas de publicidad instaladas en la vía pública están divididas desde su aparición y según quien las mire, pero los que saben dicen que si no se toman ciertas precauciones serán siempre mucho más que un beneficio un verdadero peligro.

En Argentina, la polémica sobre los carteles LED con publicidad se desató en 2010, cuando Coca Cola instaló en la zona del Obelisco una pantalla de 567 m2, la más grande de Sudamérica. Entonces, un juez ordenó apagarla alegando que era un factor de riesgo para la circulación vehicular. Tras varios estudios de impacto visual y lumínico, la empresa pudo volver a encenderla, aunque debió disminuir los niveles de luminosidad.

Al año siguiente, ante la multiplicación de las megapantallas en el microcentro, la Legislatura porteña resolvió modificar la Ley de Publicidad Exterior, agregando requisitos técnicos específicos para la publicidad luminosa y animada en la vía pública. Desde entonces se exige como condición principal para otorgar permisos la presentación de estudios de impacto lumínico al tránsito vehicular y peatonal, además de acompañar el proyecto con fotografías y una memoria descriptiva de sus características generales.

El organismo especializado en hacer este tipo de pruebas es el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), cuyos especialistas sostienen que cada caso es específico, sin perjuicio de lo cual plantean una serie de pautas básicas y comunes.

En ese sentido, las recomendaciones generales del INTI indican ajustar los niveles de luminancia nocturnos -debajo de 400 candelas por metro cuadrado para cualquier color-, normalizar el nivel de blanco a un 75% y prescindir de secuencias rápidas de cambio de imagen que contengan blancos puros.

Además, el organismo realiza un registro fotográfico y una memoria descriptiva de la visibilidad de la pantalla desde todos los carriles vehiculares que la circunden, desde todos los recorridos peatonales y monitorizando que no interfieran con la correcta señalización vial, como semáforos y carteles indicadores.

No se trata de estar en contra de las pantallas porque sí, sino de que su funcionamiento sea lo más adecuado posible, tanto como su ubicación. No es lo mismo un cartel colocado en un cruce de esquinas que en una peatonal o en un centro comercial.

“El objetivo es regular esta actividad con el fin de evitar la distracción de los conductores y peatones, y proteger, promover y mejorar los valores del paisaje urbano”, explican los expertos del INTI.

Nada de todo esto, sin embargo, se tuvo en cuenta en Escobar, donde a principios de año el Municipio autorizó la instalación de dos carteles LED en sitios neurálgicos de la ciudad sin necesidad de estudios de impacto ni cosa por el estilo. “No se les pidió nada específico”, confirmó a DIA 32 una fuente oficial.

Así, de la noche a la mañana y como si el tránsito por el casco céntrico no fuera ya bastante caótico, casi simultáneamente aparecieron dos pantallas de medianas dimensiones: una en la entrada a la ciudad por 25 de Mayo y otra sobre la marquesina de un kiosco de Tapia de Cruz y Asborno.

Estéticamente no aportan nada, al contrario. Y por las noches el brillo de sus luces y la saturación de los colores llegan a niveles apabullantes, tanto para automovilistas como para peatones. No es necesario ser un experto para darse cuenta de que algo no está bien.

Sin embargo, quizás haya que esperar a que ocurra un accidente para que las autoridades revean su permisividad y tomen el tema con menos ligereza, sea quien sea el que lucre con las efímeras publicidades de colores.

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